Comprar una empresa sin haber detectado antes sus contingencias fiscales ocultas es uno de los errores más costosos que puede cometer un inversor o un grupo empresarial en un proceso de adquisición. A diferencia de otros riesgos —comerciales, laborales o medioambientales—, las contingencias tributarias tienen una particularidad especialmente peligrosa: pueden materializarse años después del cierre de la operación, cuando la Agencia Tributaria inicia una comprobación sobre ejercicios anteriores a la compraventa, y el comprador, como nuevo titular de la sociedad, puede acabar asumiendo deudas que desconocía por completo.
Qué son las contingencias fiscales ocultas y por qué son tan frecuentes
Se entiende por contingencia fiscal oculta cualquier deuda tributaria potencial, no reflejada en los estados financieros o infravalorada en ellos, que puede aflorar como consecuencia de una comprobación o inspección de la AEAT correspondiente a ejercicios no prescritos. Entre las más habituales en pymes españolas destacan:
- Bases imponibles negativas o deducciones aplicadas de forma incorrecta, que la Administración puede cuestionar y regularizar con intereses y sanciones.
- Operaciones vinculadas entre la sociedad y sus socios o administradores no valoradas a mercado, especialmente arrendamientos de inmuebles, préstamos participativos o retribuciones de administradores.
- Provisiones contables deducidas fiscalmente sin cumplir los requisitos legales del Impuesto sobre Sociedades.
- Incorrecta aplicación de regímenes especiales, como el de empresas de reducida dimensión o el de neutralidad fiscal en reestructuraciones previas.
- Contingencias en materia de IVA, como deducciones improcedentes o facturas de proveedores cuestionados por la inspección.
La particularidad de estas contingencias es que, salvo casos de fraude evidente, no aparecen en los libros contables ni en las cuentas anuales depositadas: solo un análisis técnico específico permite identificarlas antes de que se conviertan en un problema del nuevo propietario.
El papel de la due diligence fiscal en la operación de compraventa
La due diligence fiscal es el proceso mediante el cual un equipo de expertos revisa la situación tributaria de la sociedad objetivo antes de formalizar la compraventa, con el objetivo de cuantificar el riesgo asumido y trasladarlo a la negociación del precio y de las garantías contractuales. Un análisis riguroso de contingencias fiscales ocultas comprende, entre otros aspectos:
Revisión de ejercicios no prescritos
Se analizan las declaraciones del Impuesto sobre Sociedades, IVA y retenciones de los últimos cuatro ejercicios (o más, si existen interrupciones de la prescripción por actuaciones inspectoras), comprobando la coherencia entre la contabilidad y las declaraciones presentadas.
Análisis de operaciones vinculadas y precios de transferencia
Se revisa si las operaciones entre la sociedad objetivo y sus socios, administradores o empresas del grupo se han valorado conforme al principio de plena competencia, dado que es uno de los focos de atención prioritarios de la AEAT en las inspecciones a pymes y grupos familiares.
Verificación de estructuras previas de reestructuración
Si la sociedad ha participado en fusiones, escisiones o aportaciones acogidas al régimen especial en el pasado, es imprescindible comprobar que se cumplieron todos los requisitos formales y materiales, porque el incumplimiento sobrevenido puede activar la tributación diferida años después.
Cómo se traslada el riesgo detectado a la negociación
Una vez cuantificadas las contingencias fiscales ocultas, existen varios mecanismos contractuales para proteger al comprador: ajustar el precio de compraventa, retener parte del importe en una cuenta escrow hasta que prescriban los ejercicios de riesgo, incluir cláusulas de manifestaciones y garantías (representations and warranties) específicas en materia fiscal, y establecer mecanismos de indemnización (indemnity) a cargo del vendedor si la contingencia se materializa tras el cierre. La calidad técnica del informe de due diligence condiciona directamente la solidez de estas cláusulas contractuales.
Consecuencias de no realizar este análisis
Cuando un comprador adquiere una sociedad sin haber realizado una due diligence fiscal adecuada, asume automáticamente el riesgo de que la AEAT le reclame, como sucesor en la titularidad, las deudas tributarias generadas antes de la compraventa. Si además la operación se estructuró como compra de participaciones (y no de activos), la responsabilidad se traslada íntegramente a la sociedad adquirida, sin que exista, salvo pacto contractual expreso, ninguna vía automática de repercusión contra el vendedor.
¿Cómo puede ayudarte LRB Tax & Legal / ValiTax?
Detectar a tiempo las contingencias fiscales ocultas de una empresa objetivo es la mejor defensa frente a sorpresas tributarias tras el cierre de una operación de M&A. En LRB Tax & Legal realizamos due diligence e informes jurídico-empresariales adaptados a cada operación, con el rigor técnico necesario para cuantificar los riesgos, sustentar la negociación del precio y proteger al comprador mediante las garantías contractuales adecuadas.