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Informes periciales en procedimientos judiciales tributarios: guía completa 2026

Cuando una liquidación tributaria acaba en vía judicial, ante los Tribunales Económico-Administrativos primero y, eventualmente, ante la jurisdicción contencioso-administrativa después, el informe pericial judicial tributario se convierte en una de las piezas probatorias más determinantes para el resultado del procedimiento. Frente a los razonamientos exclusivamente jurídicos, este tipo de informe aporta al órgano decisor un análisis técnico-económico riguroso sobre cuestiones como valoraciones, cálculos de bases imponibles o la existencia de motivo económico válido en una reestructuración, que resulta decisivo en la mayoría de disputas fiscales de cierta complejidad. Esta guía repasa, de forma actualizada a 2026, cuándo y cómo utilizar esta herramienta.

Qué es un informe pericial judicial tributario

Se trata de un dictamen elaborado por un experto independiente, con la formación técnica adecuada (economista, auditor, valorador), que analiza y emite una opinión fundada sobre aspectos técnicos controvertidos en el seno de un procedimiento tributario o judicial: la corrección de una valoración realizada por la Administración, el cálculo de una magnitud fiscal discutida, la razonabilidad económica de una operación societaria, o la comparación de los métodos de valoración empleados por ambas partes. A diferencia de un informe elaborado por la propia asesoría de la empresa, el informe pericial aspira a una posición de mayor independencia y objetividad técnica frente al órgano decisor.

En qué procedimientos resulta más habitual

  • Comprobaciones de valor: cuando la Administración cuestiona el valor declarado de un inmueble, una empresa o unas participaciones sociales a efectos del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales, el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones o el Impuesto sobre el Patrimonio, un informe pericial de valoración es la herramienta clásica de defensa del contribuyente.
  • Cuestionamiento del motivo económico válido en reestructuraciones: en litigios sobre la aplicación de la cláusula antiabuso del régimen especial de fusiones y escisiones, un informe pericial que acredite la sustancia económica y financiera de la operación refuerza significativamente la posición del contribuyente.
  • Operaciones vinculadas y precios de transferencia: cuando la AEAT regulariza el valor de mercado aplicado en transacciones entre partes vinculadas, un informe pericial de precios de transferencia que analice comparables de mercado resulta esencial para rebatir la valoración administrativa.
  • Cálculo de bases imponibles negativas o deducciones: en discusiones sobre la correcta aplicación de créditos fiscales, un informe técnico puede acreditar el cumplimiento de los requisitos sustantivos exigidos por la normativa.

Cómo se incorpora el informe al procedimiento

En vía económico-administrativa, el informe pericial puede aportarse junto con el escrito de alegaciones como prueba documental, si bien el Tribunal Económico-Administrativo dispone de amplia libertad para valorarlo conforme a las reglas de la sana crítica. En vía contencioso-administrativa, la Ley reguladora de esta jurisdicción, junto con las normas de la Ley de Enjuiciamiento Civil de aplicación supletoria, permite proponer prueba pericial en el momento procesal oportuno, pudiendo el juzgado o tribunal designar un perito judicial de oficio, además de admitir los informes periciales de parte aportados por el contribuyente y por la Administración.

Requisitos para que un informe pericial resulte eficaz

La experiencia en litigios tributarios permite identificar los factores que determinan la solidez de un informe pericial:

  • Independencia del perito: cuanto mayor sea la independencia acreditada del profesional respecto de las partes, mayor será el valor probatorio que el órgano juzgador le atribuya.
  • Metodología reconocida: el informe debe basarse en metodologías de valoración o análisis comúnmente aceptadas (métodos de descuento de flujos de caja, múltiplos comparables, análisis funcional en precios de transferencia), justificando por qué se ha elegido cada una.
  • Fuentes de información verificables: los datos de mercado, comparables y estadísticas empleados deben citarse con precisión y estar disponibles para su contraste por la parte contraria.
  • Coherencia interna: las conclusiones del informe deben derivarse lógicamente del análisis desarrollado, sin saltos argumentales que puedan ser fácilmente cuestionados en la fase de ratificación del perito.

La ratificación del perito y su interrogatorio

En sede judicial, el informe pericial no agota su eficacia probatoria con su mera aportación al procedimiento: habitualmente el perito debe ratificar su informe y someterse al interrogatorio de las partes, lo que exige una preparación adicional del profesional para defender sus conclusiones frente a las objeciones de la parte contraria y, en su caso, del perito designado por la Administración o por el juzgado.

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